| NOTA: Los siguientes consejos incluyen principios generales pero son basados en Leyes de California. Si usted vive fuera de California, su estado pueda que tenga reglas o leyes que apliquen cuando su compañía de seguros quiera examinarlo (cuestionarlo) a usted bajo juramento. Consulte con el departamento de ayuda al consumidor de su oficina de regulador de seguros de su estado o con un abogado local especializado en representar consumidores de seguros. Usted podrá encontrar un enlace a estos recursos en nuestra página en línea bajo “State by State” (Estado por Estado). Hacer clic sobre su estado en el mapa. https://uphelp.org/recovery/state-by-state-help/ |
Las pólizas de seguros están llenas de requerimientos y procedimientos que están supuesto prevenir que personas realicen reclamaciones fraudulentas. Al requerir que cada artículo dañado o destruido sea detallado y valorado es la manera en que las compañías aseguradoras se aseguran que las personas no reclamen cosas que no poseían o exageren sus reclamaciones. Otro ejemplo es el Interrogatorio Bajo Juramento (EUO, sus siglas en inglés) procedimiento que usted encontrará prácticamente en toda póliza de seguro de propiedad vendida hoy día. En el contrato de póliza, su aseguradora se ha dado el derecho de cuestionarlo “bajo juramento” sobre los detalles de su pérdida/reclamación. “Bajo juramento” significa que usted legalmente jura que sus respuestas son ciertas.
Las compañías de seguro utilizan este procedimiento para filtrar reclamaciones fraudulentas y probar la credibilidad de los asegurados y/o evaluar que tipo de testigo el o ella harán si una reclamación o disputa de cobertura va a litigación. El procedimiento de interrogatorio (EUO) fue abusado por aseguradoras después de pasados desastres para intimidar y asustar a los asegurados. Así que United Policyholders ayudó a aprobar legislación en California para parar los abusos y proteger a los asegurados. Pero el procedimiento de interrogatorio (EUO) sigue siendo un procedimiento legal y válido requerido en las pólizas de propietarios, y las leyes en la mayoría de los estados es vaga en cuanto a este tema. Un propietario que realiza una reclamación de beneficios de pólizas debe cooperar cuando una aseguradora realiza una solicitud razonable de interrogarlo bajo juramento o arriesgar perder el derecho de recuperar los fondos a los que tienen derecho. Los tribunales tradicionalmente han sido muy duros con los asegurados que se resisten a cooperar en los interrogatorios (EUO).
En California y en la mayoría de los estados hay “Reglamento Sobre la Tramitación Justa de Reclamaciones”, y hay leyes que les dicen a los asegurados que deben, pueden y no pueden hacer. Sobre todo, su compañía de seguros tiene el deber legal de investigar y procesar su reclamación completamente, prontamente y en buena fe y negociar justamente con usted.
Si usted está preguntándole a su compañía aseguradora que pague por encima de los límites de su póliza o que renuncie a requerimientos en la póliza en relación a: fechas límites, pruebas de pérdidas u otros artículos, es muy probable que le pidan que conteste preguntas “bajo juramento” antes de tomar una decisión sobre su solicitud. Y, podrían solicitarle que esté de acuerdo por escrito en mantener las discusiones de acuerdos confidenciales.
Obtenga consultoría legal de un abogado de asegurados con experiencia antes de acordar o rechazar ser interrogado bajo juramento y antes de firmar un acuerdo confidencial. Visite nuestra sección en línea de “Buscar Ayuda” (Find Help) para más información. Y recuerde:
Su compañía de seguros no puede legalmente requerir firmar un “relevo” o “acuerdo confidencial” si sólo le están pagando por beneficios que le deben bajo su contrato de póliza. Si le están pagando sobre su límite de póliza o realizando alguna otra concesión- si pueden.
Interrogatorio Bajo Juramento (“EUO”, sus siglas en inglés)
Asegúrese de solicitar y obtener todos los documentos relacionados a su reclamación de los récords de su aseguradora antes de responder a cualquier pregunta bajo juramento y antes de firmar cualquier acuerdo o confidencialidad relacionado a la misma. En California, usted tiene derechos legales a ver el récord de su reclamación, (CA. Ins. Code 270), y ésta información le dará poder durante el proceso.
Aquí algunos de los derechos legales que usted tiene cuando su aseguradora le solicita que usted presente un interrogatorio bajo juramento bajo el estado de California:
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- La aseguradora que determine que realizará un interrogatorio bajo juramento a un asegurado deberá notificar al asegurado sobre esa determinación y deberá incluir una copia de esta sección en la notificación.
- Una aseguradora deberá realizar un interrogatorio bajo juramento sólo para obtener información que es relevante y razonablemente necesaria para procesar o investigar una reclamación.
- Un interrogatorio bajo juramento sólo puede ser realizado tras una notificación razonable, a un lugar convenientemente razonable y durante un tiempo razonable.
- El asegurado puede ser representado por un abogado y podrá grabar el procedimiento de interrogación en su totalidad.
- La aseguradora deberá notificar al asegurado que, por solicitud y libre de costo, le proveerá al asegurado una copia de la transcripción del procedimiento y copia del vídeo del procedimiento, si existe la misma. Cuando un asegurado solicite una copia de transcripción, vídeo o ambas, de su interrogatorio bajo juramento, la aseguradora deberá proveerla dentro de 10 días de haberla recibido o que su abogado haya recibido la transcripción, vídeo o ambas. El asegurado podrá realizar correcciones juramentadas a la transcripción para que refleje correctamente su testimonio bajo juramento.
- En un interrogatorio bajo juramento, el asegurado podrá presentar cualquier objeción que se pueda realizar en una deposición bajo una ley estatal o federal. Sin embargo, si como resultado de presentar una objeción el asegurado falla en proveer una respuesta a una pregunta material y esa falla previene a la aseguradora determinar la extensión de la pérdida o valoración de la reclamación, los derechos del asegurado bajo el contrato podrían ser afectados.
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Solicitud razonable de prueba
La aseguradora no puede solicitar una “prueba de pérdida” irrazonable, tal como pruebas secundarias. Por ejemplo, si usted provee fotos o vídeos de artículos en su casa, a usted no se le debería requerir que provea recibos si van a incluir la misma información. [Cal Ins Code 790.03]
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